Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V3109-16 5. Juli 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · doble imposición internacional

Ausländische Quellensteuerüberhänge sind nicht als Betriebsausgabe abzugsfähig

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob es den Überhang einer 30%igen Quellensteuer in Peru zurückfordern oder in der spanischen Bemessungsgrundlage des Körperschaftsteuerabzugs geltend machen könne. Die DGT stellt klar, dass nur der geringere der beiden Beträge abgezogen werden darf und der übersteigende Betrag nicht in der Bemessungsgrundlage abzugsfähig ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si es posible recuperar la diferencia directamente en el país que practicó la retención o en su defecto, si es deducible en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades español.

Die Entscheidung der DGT

La entidad podrá deducir de la cuota íntegra la menor entre el impuesto efectivamente satisfecho en el extranjero (de naturaleza idéntica o análoga al IS) y la cuota que correspondería pagar en España por esas rentas. Si el impuesto extranjero es superior a la deducción aplicable, el exceso no puede minorar la base imponible. La DGT no tiene competencia para interpretar la normativa de Perú sobre posibles devoluciones.

E-Mail
Kontakt