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V3044-20 8. Oktober 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Voraussetzungen für die Steuerbefreiung bei Auslandsarbeit und die Anrechnung ausländischer Steuern

Ein in Spanien ansässiger Arbeitnehmer mit einem Arbeitsvertrag in Irland erkundigt sich nach der Anwendung der Steuerbefreiung für im Ausland ausgeübte Tätigkeiten sowie der Behandlung der Doppelbesteuerung. Die DGT erläutert, dass die Befreiung an spezifische Voraussetzungen gebunden ist und die irische Steuer (einschließlich USC) zur Vermeidung der Doppelbesteuerung abzugsfähig ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1.- Si le resulta aplicable la exención regulada en el artículo 7 p) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con los servicios realizados en el extranjero.

Die Entscheidung der DGT

La exención del artículo 7 p) de la LIRPF requiere que los trabajos se realicen para una entidad no residente y que en el país de destino se aplique un impuesto de naturaleza similar sin ser paraíso fiscal. El trabajo debe realizarse efectivamente fuera de España, desplazándose el trabajador y situando el centro de trabajo temporalmente en el extranjero. Para evitar la doble imposición, el impuesto sobre la renta irlandés y el USC son deducibles en España según el Convenio Hispano-Irlandés. Las cotizaciones a la Seguridad Social extranjera son deducibles para determinar el rendimiento neto del trabajo.

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