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V1769-21 7. Juni 2021 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · rama de actividad

Voraussetzungen für das Sonderregime der Einbringung eines Geschäftsbereichs und die Subrogation von Anreizen

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung ihrer Bautätigkeit in eine Gesellschaft unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern das Vermögen eine eigenständige wirtschaftliche Einheit bildet und die Gründe für die Transaktion wirtschaftlicher Natur sind und nicht rein steuerliche Motive verfolgen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la LIS, así como si los motivos económicos descritos pueden considerarse económicamente válidos a los efectos de la aplicación del citado régimen.

Die Entscheidung der DGT

La aportación de una rama de actividad puede acogerse al régimen especial de los artículos 76.4 y 87.2 de la LIS si el patrimonio transmitido constituye una unidad económica capaz de operar por sus propios medios y la entidad adquirente puede realizar la misma actividad en condiciones análogas. Los motivos de la operación podrían ser válidos según el artículo 89.2 de la LIS, aunque su valoración depende de los hechos. En caso de sucesión a título universal, la entidad adquirente asume los derechos y obligaciones tributarios, incluyendo la continuidad de beneficios como la Reserva para Inversiones en Canarias.

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