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V1769-21 7. Juni 2021 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · rama de actividad

Voraussetzungen für das Sonderregime der Einbringung eines Geschäftsbereichs und die Subrogation von Anreizen

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung ihrer Bautätigkeit in eine Gesellschaft unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern das Vermögen eine eigenständige wirtschaftliche Einheit bildet und die Gründe für die Transaktion wirtschaftlicher Natur sind und nicht rein steuerliche Motive verfolgen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la LIS, así como si los motivos económicos descritos pueden considerarse económicamente válidos a los efectos de la aplicación del citado régimen.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportación de rama de actividad (art. 87.2 LIS), el patrimonio transmitido debe constituir una unidad económica capaz de funcionar por sus propios medios y la adquirente debe poder realizar la misma actividad en condiciones análogas. Los motivos de la operación, como la simplificación administrativa o la separación de patrimonio, podrían ser económicamente válidos según el art. 89.2 LIS, aunque su valoración es una cuestión de hecho. En caso de sucesión a título universal, la entidad adquirente asume los derechos y obligaciones tributarias, incluyendo el mantenimiento de incentivos como la Reserva para Inversiones en Canarias.

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