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V1691-19 9. Juli 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · ganancia patrimonial

Gewinn oder Verlust aus der Veräußerung von Gemeinschaftsvermögen wird hälftig auf beide Ehegatten aufgeteilt

Es wird die steuerliche Behandlung des Verkaufs zweier Immobilien in gemeinschaftlichem Eigentum sowie die entsprechende Zurechnung der Ergebnisse erörtert. Die DGT stellt klar, dass der Gewinn oder Verlust zu gleichen Teilen zwischen den Ehegatten aufgeteilt wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Tratamiento fiscal de la posible venta de ambos inmuebles en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e imputación a ambos cónyuges.

Die Entscheidung der DGT

La transmisión de un inmueble genera una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición. En el caso de bienes de naturaleza ganancial, las ganancias o pérdidas patrimoniales se imputarán a ambos cónyuges por mitad, según las normas de titularidad jurídica. Para inmuebles adquiridos antes de 1995, puede aplicarse una reducción sobre la parte de la ganancia generada antes de enero de 2006 bajo los límites de la disposición transitoria novena de la LIRPF.

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