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V1599-25 10. September 2025 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del trabajo

75 % der Leistungen der Mutualidad Laboral de Banca als Arbeitsertrag steuerpflichtig

Der Anfragende erkundigt sich nach der Besteuerung von Leistungen der Mutualidad Laboral de Banca für Beiträge, die zwischen 1970 und 1978 geleistet wurden. Die DGT stellt unter Verweis auf den Obersten Gerichtshof fest, dass diese Leistungen zu 75 % in die Bemessungsgrundlage einzubeziehen sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Aplicación de la disposición transitoria segunda de la Ley 35/2006 a la prestación de la Seguridad Social derivada de aportaciones a la Mutualidad Laboral de Banca.

Die Entscheidung der DGT

Las prestaciones por jubilación derivadas de aportaciones a la Mutualidad Laboral de Banca realizadas entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978 deben integrarse como rendimientos del trabajo. Debido a que dichas aportaciones no fueron susceptibles de deducción según la legislación vigente, se aplica la Disposición Transitoria Segunda de la LIRPF. En consecuencia, se integrará el 75% del importe de las prestaciones percibidas.

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