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V1407-20 13. Mai 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportaciones no dinerarias

Voraussetzungen für die Anwendung der Sonderregelung für Sacheinlagen in der Körperschaftsteuer

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung von Geschäftsanteilen an eine in Spanien ansässige Gesellschaft unter die Sonderregelung für Fusionen und Sacheinlagen fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen an die Beteiligung und den Besitz erfüllt sind und keine Steuerhinterziehung oder Steuerumgehung vorliegt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las aportaciones no dinerarias previstas, tal y como han sido descritas anteriormente, pueden acogerse al régimen previsto en el Capítulo VII del Título VII, de régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea, de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente. El aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora tras la operación. En caso de aportación de acciones por personas físicas, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Finalmente, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos.

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