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V1266-19 4. Juni 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · trabajador desplazado

Befreiung bei Auslandsarbeit entfällt, wenn Handelsdienstleistungen der spanischen Gesellschaft zugutekommen

Ein Arbeitnehmer mit Aufgaben in der internationalen Marktentwicklung im Ausland fragt nach der Anwendbarkeit der Steuerbefreiung für Auslandsarbeit. Die DGT stellt klar, dass bei Handelsdienstleistungen zur Erzielung von Geschäftsabschlüssen die spanische Gesellschaft die Begünstigte ist und somit kein Anspruch auf die Befreiung besteht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Cómo debe ser tratado desde el punto de vista fiscal: si se trata o no de un trabajador desplazado, cuáles son sus obligaciones y derechos sobre la modalidad de trabajador desplazado, cuál es su alcance temporal y cuáles son las retenciones a practicar.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar la exención del artículo 7 p) de la LIRPF, los trabajos deben realizarse para una entidad no residente o un establecimiento permanente en el extranjero. Si los desplazamientos tienen fines comerciales para lograr acuerdos, el beneficiario es la empresa empleadora residente en España y no se cumple el requisito. En supuestos de servicios intragrupo, debe existir una ventaja o utilidad para la entidad no residente, conforme a la normativa del Impuesto sobre Sociedades. La exención solo es aplicable a las retribuciones correspondientes a los países donde se cumplan todos los requisitos legales.

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