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V0951-26 29. April 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · arrendamiento de maquinaria

Vermietung von Schwermaschinen gilt nicht als immobilienbezogene Dienstleistung

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob die Vermietung von Baumaschinen als eine mit Immobilien verbundene Dienstleistung einzustufen sei. Die DGT entschied, dass dies nicht der Fall ist, es sei denn, der Anbieter übernimmt die Verantwortung für die Ausführung der Bauarbeiten.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Lugar de realización de los servicios de arrendamiento descritos, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. Posibles efectos sobre dicho lugar de realización de que la obra de construcción se realice en un puerto o aeropuerto.

Die Entscheidung der DGT

El arrendamiento de maquinaria no es un servicio relacionado con bienes inmuebles según el artículo 70.Uno.1º de la Ley del IVA, ya que no existe una relación lo suficientemente directa. Para que la puesta a disposición de maquinaria se considere vinculada a un inmueble, el prestador debe asumir la responsabilidad de la ejecución de las obras. Si el destinatario es empresario, se aplica la regla general del artículo 69.Uno.1º. Si el destinatario no es empresario y reside fuera de la UE, el servicio se entiende realizado en España si su utilización o explotación efectiva se realiza en territorio nacional.

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