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V0942-26 27. April 2026 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fondo de inversión

Fusion eines spanischen Investmentfonds in eine luxemburgische SICAV unter dem Sonderregime für Fusionen möglich

Eine Vermögensverwaltung fragte an, ob die Fusion eines spanischen Investmentfonds in eine luxemburgische SICAV unter das Sonderregime für Fusionen des LIS fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die gesetzlichen Anforderungen und die Finanzvorschriften erfüllt sind, wobei die Einkünfte der absorbierenden Gesellschaft steuerpflichtig bleiben, falls die Vermögenswerte nicht in einer Betriebsstätte in Spanien verbleiben.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1.- Posibilidad de acoger la operación al régimen fiscal especial recogido en el Capítulo VII, Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Y en caso de ser aplicable, cuál sería la tributación tanto para los partícipes, personas físicas como jurídicas, del fondo absorbido.

Die Entscheidung der DGT

Si la operación se realiza conforme a la normativa financiera (LIIC y RIIC) y cumple el artículo 76.1 de la LIS, puede acogerse al régimen especial de fusiones. No obstante, al ser la absorbente no residente y no quedar los activos en un establecimiento permanente en España, las rentas de la transmisión de la entidad absorbida integrarán su base imponible. Para los partícipes residentes en España o la UE, las rentas no se integrarán en la fusión, sino cuando transmitan las acciones de la SICAV o pierdan la residencia.

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