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V0912-26 24. April 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · indemnización por despido

Wiedereinstellung innerhalb von drei Jahren nach Kündigung lässt auf fehlende tatsächliche Beendigung des Arbeitsverhältnisses schließen

Eine Arbeitnehmerin erkundigte sich, ob der Verzicht auf ihre Abfindung nach einer erneuten Einstellung durch denselben Arbeitgeber kurz nach der Kündigung weiterhin wirksam sei. Die DGT stellt klar, dass eine Neueinstellung innerhalb von drei Jahren die Vermutung begründet, dass keine tatsächliche und wirksame Beendigung des Arbeitsverhältnisses stattgefunden hat.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Existencia de desvinculación real y efectiva de la consultante con la empresa a efectos del disfrute de la exención prevista en el artículo 7 e) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a pesar de haber sido contratada posteriormente por la misma entidad.

Die Entscheidung der DGT

La exención de la indemnización por despido requiere una desvinculación real y efectiva del trabajador con la empresa. Se presume que no existe dicha desvinculación si el trabajador vuelve a prestar servicios a la misma empresa o a una vinculada en los tres años siguientes al despido. No obstante, esta es una presunción que admite prueba en contrario para acreditar que la nueva relación no anula la desvinculación original.

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