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V0901-15 23. März 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Fusionen können unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen, sofern gültige wirtschaftliche Gründe vorliegen

Ein anfragendes Unternehmen plant eine Verschmelzung durch Übernahme einer Einheit mit Verlustvorträgen, um seine Organisation zu rationalisieren. Die DGT prüft die Anwendung des Sonderregimes der Körperschaftsteuer, die Nichtunterwerfung unter die Umsatzsteuer sowie die Befreiung von der Grunderwerbsteuer.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

Die Entscheidung der DGT

La operación puede acogerse al régimen especial de IS si se realiza en el ámbito mercantil y cumple el art. 76.1.a) de la Ley 27/2014. Los motivos de racionalización administrativa y unificación de sistemas se consideran económicos válidos, por lo que la existencia de bases imponibles negativas no impide el régimen. La adquirente se subroga en las bases imponibles negativas con los límites del art. 84.2 de la LIS. En IVA, la transmisión no estará sujeta si los elementos constituyen una unidad económica autónoma. En ITPAJD, la operación no estará sujeta si es una reestructuración societaria o estará exenta.

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