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V0283-15 26. Januar 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Steuerbefreiung für im Ausland ausgeübte Tätigkeit bei nicht ansässigen Empfängern möglich

Ein spanisches Unternehmen vergibt Dienstleistungen für eine deutsche Einheit und fragt an, ob die entsandten Arbeitnehmer die Steuerbefreiung für im Ausland ausgeübte Tätigkeiten in Anspruch nehmen können. Die DGT bestätigt, dass dies möglich ist, sofern die Voraussetzungen für die Entsendung und den nicht ansässigen Empfänger erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Los rendimientos del trabajo están exentos si se realizan efectivamente en el extranjero para una entidad no residente o un establecimiento permanente en el exterior. Se requiere el desplazamiento del trabajador y que el centro de trabajo esté fuera de España. Además, el país de destino debe tener un impuesto análogo y no ser paraíso fiscal, cumpliéndose esto si existe convenio de doble imposición con intercambio de información. La exención tiene un límite de 60.100 euros anuales.

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