Abono de deducción I+D+i (art. 39.2 LIS) con base imponible negativa es posible si hay cuota líquida mínima (art. 30 bis LIS)
Ficha tecnica
Resumen
Una sociedad con cifra de negocios superior a 20 millones quería monetizar deducciones de I+D+i de 2021 y 2022 en la declaración de 2023, pese a tener bases imponibles negativas pendientes de compensar. La DGT confirma que, determinada la cuota líquida mínima conforme al art. 30 bis LIS, la entidad puede aplicar y solicitar el abono de la deducción del art. 39.2 LIS aunque exista base imponible negativa pendiente.
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.