Abono de deducción I+D+i (art. 39.2 LIS) con base imponible negativa es posible si hay cuota líquida mínima (art. 30 bis LIS)
Technical details
Summary
Una sociedad con cifra de negocios superior a 20 millones quería monetizar deducciones de I+D+i de 2021 y 2022 en la declaración de 2023, pese a tener bases imponibles negativas pendientes de compensar. La DGT confirma que, determinada la cuota líquida mínima conforme al art. 30 bis LIS, la entidad puede aplicar y solicitar el abono de la deducción del art. 39.2 LIS aunque exista base imponible negativa pendiente.