El traslado a España como patrono y Director General de fundación española permite acogerse al régimen especial del art. 93 LIRPF sin que la condición de administrador de grupo extranjero suponga obstáculo
Ficha tecnica
Resumen
Un nacional español residente en Reino Unido desde 2014, socio único y administrador de un grupo luxemburgués, se plantea trasladarse a España para ejercer como patrono, presidente y Director General de una fundación española. La DGT confirma que dicho desplazamiento puede dar acceso al régimen especial del artículo 93 LIRPF, y que mantener o adquirir la condición de administrador de mercantiles extranjeras no constituye obstáculo ni motivo de exclusión del régimen.
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.