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BOE-A-2026-17873 ·17. August 2026 ·orden Hohe Auswirkung
Förderrecht

Productores de frutos secos: condiciones y bienes asegurables para el Cuadragésimo Séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados

Esta Orden establece las condiciones técnicas, bienes y rendimientos asegurables para el seguro de explotaciones de frutos secos dentro del Cuadragésimo Séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados. Se incluyen variedades de algarrobo, almendro, avellano, nogal, pacano y pistacho (art. 1.1), así como instalaciones de riego específicas (art. 1.3). La norma excluye explícitamente parcelas de experimentación, autoconsumo, árboles aislados, parcelas en abandono y producciones de almendros de edades muy tempranas (art. 1.4).

Wen betrifft es

Gilt für dieses Profil

  • Explotaciones agrarias de frutos secos que cumplan las condiciones técnicas

art. 1.1

Gilt für dieses Profil

  • Explotaciones de frutos secos (algarrobo, almendro, avellano, nogal, pacano o pistacho)
  • Que la producción sea susceptible de recolección en el periodo de garantía

art. 1.1

Wie es Betroffene betrifft

Para los agricultores de frutos secos, la norma define qué plantaciones y qué instalaciones de riego (cabezales y red) pueden protegerse, exigiendo la contratación conjunta de producción y plantación para asegurar instalaciones (art. 1.3). Los productores de almendro deben tener especial cuidado, ya que las producciones de árboles de 1, 2 y 3 años en secano, y de 1 y 2 años en regadío, quedan excluidas de la cobertura (art. 1.4.e). Asimismo, cualquier parcela afectada por plagas o enfermedades declaradas oficialmente perderá la cobertura (art. 1.4.f).

Was zu tun ist und bis wann

MaßnahmeReferenzFrist
Verificar que las edades de las plantaciones de almendro cumplen los umbrales de cobertura art. 1.4.e
Contratar conjuntamente producción, plantación e instalaciones para asegurar el riego art. 1.3

Zeitlinie

2026-08-17pubVeröffentlichung im BOE
Betroffene Sektoren
Offizieller Text Basierend auf BOE-Daten (boe.es). Information, keine Beratung.

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