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V1922-14 16 juillet 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · consolidación fiscal

Application de déductions pour double imposition en report de consolidation fiscale dans la limite individuelle

Une société mère a sollicité l'avis de la DGT pour savoir si elle pouvait appliquer à sa déclaration consolidée de 2013 des déductions pour double imposition interne en report depuis 2009, et si les éliminations de dividendes internes de 2013 devaient être prises en compte pour le calcul de la limite. La DGT confirme la possibilité de les appliquer et précise que les éliminations liées aux opérations internes ne doivent pas être intégrées dans le calcul de la limite de l'impôt dû.

La question posée

Cuestión planteada Si de acuerdo con lo establecido en el artículo 78.2 del texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, la Sociedad puede aplicar en la declaración consolidada del Grupo correspondiente al ejercicio 2013 las deducciones por doble imposición interna pendientes de aplicación generadas en el ejercicio 2009, y en concreto si se deberán tener en cuenta en dicho cálculo las eliminaciones practicadas en base imponible de la Sociedad procedentes de los resultados por operaciones internas en las que hubiese participado en el propio ejercicio 2013.

La position de la DGT

Las deducciones de cualquier sociedad pendientes de aplicación al integrarse en un grupo fiscal pueden deducirse en la cuota íntegra del grupo con el límite que le hubiera correspondido en régimen individual. Para determinar este importe, no se tiene en consideración el régimen especial de consolidación, sino que se deduce el importe que resultaría de tributar la sociedad según el régimen individual. La aplicación de estas deducciones está sometida al doble límite de la cuota íntegra de la entidad que generó la deducción y la cuota íntegra del propio grupo fiscal.

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