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V1630-14 25 juin 2014 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ITPAJD · nulidad de pleno derecho

La récupération d'immeubles par nullité judiciaire d'une vente n'est pas soumise aux transmissions patrimoniales

La question porte sur le fait de savoir si la rectification du registre pour restituer des biens après la déclaration de nullité de plein droit d'une vente pour simulation est soumise à l'ITPAJD. La DGT répond que la récupération ne constitue pas une nouvelle transmission, bien que l'acte puisse être assujetti aux actes juridiques documentés si cela s'avère nécessaire.

La question posée

Cuestión planteada Si la rectificación registral consistente en devolver al consultante las fincas que fueron transmitidas en virtud de contrato de compraventa, ahora declarado nulo de pleno derecho, está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

La position de la DGT

La recuperación de los inmuebles por los vendedores no constituye una nueva transmisión, sino la resolución de la compraventa original, por lo que no está sujeta a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas. Si la inscripción requiere escritura pública, esta tributará por actos jurídicos documentados al cumplir los requisitos del artículo 31.2 del TRLITPAJD. Si la sentencia judicial es suficiente para la inscripción, no habrá sujeción al impuesto al no tratarse de una primera copia de escritura pública.

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