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V0912-14 1 avril 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les salaires de procédure versés par le FOGASA doivent être imputés à l'exercice de la décision de justice devenue définitive

Le demandeur a perçu en 2013 des salaires de procédure versés par le FOGASA relatifs à l'année 2012 suite à une décision de justice. L'administration fiscale précise que ces revenus doivent être déclarés lors de l'exercice de leur exigibilité (2012) par le biais d'une déclaration complémentaire.

La question posée

Imputación temporal del importe satisfecho por el FOGASA en concepto de salarios de tramitación, importe que debe declararse (lo abonado por el FOGASA o lo reconocido en la sentencia) y tipo de retención.

La position de la DGT

Las cantidades cobradas al FOGASA por salarios de trámite son rendimientos del trabajo. Deben imputarse al período impositivo en que la resolución judicial que determina el derecho a su percepción adquiera firmeza. Si se perciben en un período distinto al de su exigibilidad por circunstancias no imputables al contribuyente, se debe presentar una autoliquidación complementaria sin sanción ni intereses. El tipo de retención lo debe aplicar el FOGASA según el procedimiento general, no como atraso, si la prestación se satisfizo tras una resolución del propio Fondo en el mismo año.

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