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V0912-14 1. April 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del trabajo

Vom FOGASA gezahlte Übergangslöhne sind dem Geschäftsjahr der rechtskräftigen gerichtlichen Entscheidung zuzurechnen

Ein Steuerpflichtiger erhielt im Jahr 2013 Zahlungen des FOGASA für Übergangslöhne aus dem Jahr 2012 infolge einer gerichtlichen Entscheidung. Das Finanzamt stellt klar, dass diese Einkünfte im Jahr ihrer Fälligkeit (2012) mittels einer ergänzenden Steuererklärung anzugeben sind.

Die gestellte Frage

Imputación temporal del importe satisfecho por el FOGASA en concepto de salarios de tramitación, importe que debe declararse (lo abonado por el FOGASA o lo reconocido en la sentencia) y tipo de retención.

Die Entscheidung der DGT

Las cantidades cobradas al FOGASA por salarios de trámite son rendimientos del trabajo. Deben imputarse al período impositivo en que la resolución judicial que determina el derecho a su percepción adquiera firmeza. Si se perciben en un período distinto al de su exigibilidad por circunstancias no imputables al contribuyente, se debe presentar una autoliquidación complementaria sin sanción ni intereses. El tipo de retención lo debe aplicar el FOGASA según el procedimiento general, no como atraso, si la prestación se satisfizo tras una resolución del propio Fondo en el mismo año.

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