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Impuesto de Sucesiones en Sevilla: Andalucía bonifica al 99% entre herederos directos

Andalucía aplica desde 2022 una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones para herederos directos — la misma que Madrid —, lo que convierte a Sevilla en una de las ciudades donde heredar entre padres e hijos tiene menor coste fiscal de España. Sin embargo, muchos sevillanos desconocen los requisitos exactos para aplicar esta bonificación, los plazos de presentación y la documentación necesaria, lo que lleva a presentaciones extemporáneas con recargos innecesarios o a la no aplicación correcta de reducciones adicionales como la empresa familiar o la vivienda habitual del causante. Además, herencias con empresa familiar en los sectores de construcción, agroalimentario, hostelería o inmobiliario presentan complejidades específicas que requieren asesoramiento especializado.

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Por qué BM Consulting

Asesoramiento especializado y trato personal

En BMC gestionamos el Impuesto de Sucesiones en Sevilla y en toda Andalucía: aplicamos la bonificación del 99% y todas las reducciones autonómicas disponibles, presentamos la autoliquidación ante la Agencia Tributaria Andaluza (ATRIAN) en plazo y asesoramos sobre la planificación preventiva para empresas familiares y grandes patrimonios. La primera consulta es gratuita.

  • Andalucía bonifica al 99% el ISD para herederos directos en herencias hasta 1M€ por heredero — desde 2022, igual que Madrid.

  • La empresa familiar reduce el 95% del valor de las participaciones — combinado con el 99%, el coste real es casi cero.

  • Plazo

    6 meses desde el fallecimiento ante la ATRIAN; prórroga posible otros 6 meses.

  • Para herencias superiores a 1M€ por heredero, la parte excedente tributa sin bonificación — la planificación preventiva puede ser clave.

Cómo trabajamos

Del primer contacto al cierre del expediente

  1. Inventario y valoración del patrimonio heredado

    Realizamos el inventario completo de todos los bienes del causante (inmuebles en Sevilla y otras provincias, cuentas y depósitos, valores, participaciones societarias, vehículos, seguros de vida), los valoramos según las normas fiscales vigentes y calculamos la base imponible de cada heredero.

  2. Aplicación de bonificaciones y reducciones de Andalucía

    Aplicamos la bonificación del 99% para Grupos I y II, la reducción de empresa familiar (95% estatal + posibles mejoras autonómicas), la reducción por vivienda habitual del causante y las reducciones por discapacidad y parentesco. Preparamos toda la documentación de soporte para que la Agencia Tributaria Andaluza no cuestione la aplicación de las reducciones.

  3. Presentación ante la Agencia Tributaria Andaluza (ATRIAN)

    Presentamos la autoliquidación del ISD ante la ATRIAN dentro del plazo de seis meses. Si es necesario, solicitamos la prórroga de otros seis meses adicionales. Actuamos como representantes ante la ATRIAN en cualquier procedimiento de comprobación, requerimiento o liquidación provisional.

  4. Planificación post-herencia

    Elaboramos un plan de gestión del patrimonio heredado: mantenimiento de activos empresariales durante el período mínimo para no perder la reducción aplicada, optimización fiscal en la posterior transmisión de inmuebles, y análisis de la conveniencia de estructura societaria para los herederos.

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El problema

Andalucía aplica desde 2022 una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones para herederos directos — la misma que Madrid —, lo que convierte a Sevilla en una de las ciudades donde heredar entre padres e hijos tiene menor coste fiscal de España. Sin embargo, muchos sevillanos desconocen los requisitos exactos para aplicar esta bonificación, los plazos de presentación y la documentación necesaria, lo que lleva a presentaciones extemporáneas con recargos innecesarios o a la no aplicación correcta de reducciones adicionales como la empresa familiar o la vivienda habitual del causante. Además, herencias con empresa familiar en los sectores de construcción, agroalimentario, hostelería o inmobiliario presentan complejidades específicas que requieren asesoramiento especializado.

Nuestra solución

En BMC gestionamos el Impuesto de Sucesiones en Sevilla y en toda Andalucía: aplicamos la bonificación del 99% y todas las reducciones autonómicas disponibles, presentamos la autoliquidación ante la Agencia Tributaria Andaluza (ATRIAN) en plazo y asesoramos sobre la planificación preventiva para empresas familiares y grandes patrimonios. La primera consulta es gratuita.

Proceso

Como lo hacemos

1

Inventario y valoración del patrimonio heredado

Realizamos el inventario completo de todos los bienes del causante (inmuebles en Sevilla y otras provincias, cuentas y depósitos, valores, participaciones societarias, vehículos, seguros de vida), los valoramos según las normas fiscales vigentes y calculamos la base imponible de cada heredero.

2

Aplicación de bonificaciones y reducciones de Andalucía

Aplicamos la bonificación del 99% para Grupos I y II, la reducción de empresa familiar (95% estatal + posibles mejoras autonómicas), la reducción por vivienda habitual del causante y las reducciones por discapacidad y parentesco. Preparamos toda la documentación de soporte para que la Agencia Tributaria Andaluza no cuestione la aplicación de las reducciones.

3

Presentación ante la Agencia Tributaria Andaluza (ATRIAN)

Presentamos la autoliquidación del ISD ante la ATRIAN dentro del plazo de seis meses. Si es necesario, solicitamos la prórroga de otros seis meses adicionales. Actuamos como representantes ante la ATRIAN en cualquier procedimiento de comprobación, requerimiento o liquidación provisional.

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Planificación post-herencia

Elaboramos un plan de gestión del patrimonio heredado: mantenimiento de activos empresariales durante el período mínimo para no perder la reducción aplicada, optimización fiscal en la posterior transmisión de inmuebles, y análisis de la conveniencia de estructura societaria para los herederos.

99%
Bonificación ISD Andalucía herederos directos
95%
Reducción empresa familiar aplicable
1M €
Umbral bonificación Andalucía herencias

Mi abuelo era propietario de varias fincas agrícolas en la Vega y de participaciones en una empresa de distribución. Pensábamos que el ISD iba a ser devastador. BMC aplicó la reducción de empresa familiar del 95%, la bonificación del 99% de Andalucía y nos gestionó todo el expediente. Pagamos menos del 1% del valor total.

Carmen Triana Morales Heredera, Sevilla

Impuesto de Sucesiones en Sevilla y Andalucía: la bonificación del 99%

Andalucía aplica desde 2022 la misma bonificación del 99% que Madrid para herederos directos en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con el límite de un millón de euros de base liquidable por heredero. Esta medida, aprobada por el Decreto-Ley 7/2021 de la Junta de Andalucía y confirmada legislativamente, coloca a Sevilla entre las ciudades donde heredar entre padres e hijos tiene el coste fiscal más bajo de España.

La bonificación del 99% aplica a los Grupos I y II del ISD: descendientes (incluidos adoptados) de cualquier edad, cónyuge o pareja de hecho, y ascendientes. Para estos herederos, la carga efectiva del ISD es prácticamente residual en la mayoría de las herencias de valor ordinario. Solo para herencias de patrimonios muy elevados (por encima del millón de euros por heredero) el ISD empieza a tener un coste significativo en Andalucía.

Sin embargo, la bonificación no se aplica automáticamente. Para beneficiarse de ella es necesario presentar correctamente la autoliquidación ante la Agencia Tributaria Andaluza (ATRIAN) dentro del plazo, acreditar el parentesco y documentar todos los bienes del inventario. Un error en la presentación o la omisión de bienes puede derivar en comprobaciones y liquidaciones complementarias con recargos e intereses.

El contexto patrimonial de Sevilla: empresas familiares, fincas y el sector agroalimentario

Sevilla y su entorno tienen un tejido económico con características propias: una concentración significativa de empresas familiares en los sectores de construcción y promoción inmobiliaria, hostelería, agroalimentario (aceite de oliva, cereales, vino), logística y comercio. También es notable la presencia de fincas rústicas y explotaciones agrícolas en la Vega del Guadalquivir, el Bajo Guadalquivir y Sierra Norte, cuya transmisión generacional tiene implicaciones fiscales específicas.

Para la herencia de empresas familiares sevillanas, la reducción del 95% del artículo 20.6 LISD combinada con la bonificación del 99% de Andalucía puede hacer que la transmisión tenga un coste fiscal cercano a cero. En BMC analizamos en cada caso si los activos empresariales cumplen los requisitos para la reducción y planificamos, cuando sea posible, la estructura óptima.

Para las fincas agrícolas, el tratamiento fiscal depende de si se considera una explotación agraria en activo (activo afecto a actividad económica) o una mera tenencia de suelo (activo no afecto). La diferencia es determinante para la aplicación de la reducción del 95%. BMC analiza la calificación correcta de cada finca y prepara la documentación necesaria para acreditar la actividad agraria real.

El procedimiento ante la Agencia Tributaria Andaluza (ATRIAN)

La ATRIAN es el organismo autonómico que gestiona el ISD en Andalucía. La autoliquidación del impuesto se presenta mediante el modelo ISD habilitado en la sede electrónica de la ATRIAN. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis meses adicionales si se solicita antes del quinto mes.

La ATRIAN de Sevilla tiene sus oficinas en el centro de la ciudad. La presentación puede realizarse de forma presencial o telemática a través del portal de la ATRIAN. BMC gestiona la presentación telemática para todos sus clientes sevillanos, sin necesidad de desplazamiento a las oficinas de la agencia.

Cuando la autoliquidación incluye reducción de empresa familiar o valoraciones de inmuebles que pueden ser discutidas por la administración, BMC prepara un dossier de documentación técnica que acompaña a la autoliquidación, reduciendo el riesgo de comprobaciones y liquidaciones provisionales.

Sucesiones con inmuebles en Sevilla: el valor de referencia catastral y el mercado

Desde la Ley 11/2021, los inmuebles deben valorarse en el ISD por el valor de referencia catastral como base imponible mínima. En Sevilla capital, los valores de referencia catastral están relativamente actualizados para la mayoría de los barrios, aunque pueden existir discrepancias entre el valor de referencia y el valor real de mercado, especialmente en zonas con mercado inmobiliario volátil o en inmuebles con características particulares.

En el caso de inmuebles en el Aljarafe sevillano, en municipios como Bormujos, Tomares, Gines, Camas o Espartinas, los valores de referencia pueden diferir significativamente del mercado local. BMC analiza en cada herencia si la impugnación del valor de referencia catastral es procedente y tramita el procedimiento correspondiente ante el Catastro y la ATRIAN.

Para inmuebles heredados con plusvalías latentes significativas —típico en el caso de viviendas adquiridas antes de los años 2000 en el centro histórico de Sevilla o en el Aljarafe—, BMC también analiza las implicaciones del IRPF en la posterior venta: el valor de adquisición a efectos del IRPF es el valor por el que se declaró el inmueble en el ISD, lo que puede generar ganancias patrimoniales relevantes si el valor declarado fue bajo.

Planificación preventiva: donaciones y sucesiones en vida

La bonificación del 99% aplica también a las donaciones en Andalucía entre herederos directos (desde 2022), aunque con condiciones diferentes según el tipo de bien y el parentesco. Para familia que quiera transmitir patrimonio en vida, las donaciones pueden ser una alternativa o complemento a la herencia.

Sin embargo, la donación en vida tiene implicaciones en el IRPF del donante (la donación puede generar una ganancia patrimonial tributante en el IRPF del que dona) que deben analizarse. BMC realiza el análisis conjunto del ISD y el IRPF para determinar si la transmisión en vida (donación) o la transmisión mortis causa (herencia) es fiscalmente más eficiente en cada caso concreto.

Para patrimonios empresariales, la sucesión gradual —transmisión parcial de participaciones en vida, con retención de la mayoría hasta el fallecimiento— puede ser una estrategia válida para aprovechar las bonificaciones y reducciones disponibles en los mejores términos posibles. BMC elabora planes de transmisión generacional para empresas familiares sevillanas con horizonte de 5-15 años.

Herencia de no residentes con bienes en Sevilla

Los ciudadanos no residentes en España que heredan bienes situados en Sevilla o en Andalucía también están sujetos al ISD español por obligación real. Desde la sentencia del Tribunal Supremo de 2023 (que desarrolló la jurisprudencia del TJUE en el asunto Arens-Sikken), los no residentes pueden acogerse a la normativa de la comunidad autónoma donde están situados los bienes (Andalucía), lo que en la práctica les permite aplicar la bonificación del 99% en las mismas condiciones que un residente.

Para herederos no residentes con bienes en Sevilla, el procedimiento de liquidación del ISD se gestiona a través de la ATRIAN (no de la Delegación Especial de Hacienda del Estado como era antes). BMC gestiona el ISD de herederos no residentes con bienes en Andalucía, incluyendo la obtención de NIE para los herederos extranjeros que no dispongan de él.

BMC en Sevilla: asesoría fiscal especializada en herencias y empresa familiar

BMC tiene presencia en Sevilla y en toda Andalucía, con un equipo especializado en el ISD andaluz, la transmisión de empresas familiares y la planificación fiscal para familias con patrimonio significativo. Nuestro equipo incluye especialistas en el sector agroalimentario, la construcción y el sector inmobiliario, que son los ámbitos donde más herencias complejas gestionamos en Sevilla.

Además del ISD, BMC gestiona el IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio y las implicaciones fiscales de la posterior gestión del patrimonio heredado. La primera consulta es gratuita y sin compromiso.

BMC cuenta con representación en Sevilla. Conozca nuestra representación de Sevilla para una atención cercana.

FAQ

Preguntas frecuentes

En Andalucía, los herederos de los Grupos I y II (hijos, cónyuge, padres) disfrutan de una bonificación del 99% sobre la cuota del ISD para herencias inferiores a un millón de euros por heredero (base liquidable), lo que en la práctica hace que el coste efectivo sea casi cero. Para herencias que superen ese umbral, la bonificación aplica solo sobre la parte que no exceda el millón; el exceso tributa sin bonificación. Esta normativa, aprobada en 2022, sitúa a Andalucía junto a Madrid como las comunidades con ISD más favorable para herederos directos de España.
Cuando el causante residía en Andalucía, el ISD se presenta ante la Agencia Tributaria Andaluza (ATRIAN), que es el organismo competente para la gestión, liquidación e inspección del ISD en la comunidad. En Sevilla, la oficina de la ATRIAN se encuentra en la ciudad. La presentación puede realizarse de forma presencial o telemática. BMC gestiona la presentación telemática para todos sus clientes sevillanos, con acceso directo a los portales de la ATRIAN.
La bonificación del 99% en Andalucía aplica sobre la base liquidable hasta un millón de euros por heredero. Si la base liquidable del heredero supera este umbral, el exceso sobre el millón tributa sin la bonificación, aplicándose la tarifa del ISD estatal modificada por Andalucía. Para herencias muy elevadas (por encima de 2-3 millones de euros por heredero), el ISD puede ser significativo incluso en Andalucía, lo que hace que la planificación preventiva —incluida la donación anticipada de parte del patrimonio— tenga relevancia.
La reducción del 95% por empresa familiar del artículo 20.6 LISD aplica en Andalucía en los mismos términos que en el resto del territorio de régimen común. Cuando la herencia incluye participaciones en una empresa familiar sevillana (hostelería, construcción, agroalimentario, logística), los herederos pueden reducir el 95% del valor de esas participaciones de la base imponible, siempre que se cumplan los requisitos de actividad real, funciones directivas y mantenimiento durante diez años. La combinación del 95% de empresa familiar con la bonificación del 99% de Andalucía hace que la transmisión de una empresa familiar en Sevilla tenga una carga fiscal residual.
Sí. Si el causante tenía bienes en el extranjero (cuentas bancarias, inmuebles, valores), estos deben incluirse en el inventario hereditario y en la autoliquidación del ISD. La tributación de bienes en el extranjero en el ISD español puede ser compleja, especialmente cuando existen convenios de doble imposición en materia de sucesiones con el país donde están situados los bienes. España tiene convenios de doble imposición sucesoria con algunos países, que pueden evitar que los mismos bienes tributen en dos jurisdicciones. BMC tiene experiencia en herencias con activos internacionales y coordina con especialistas en los países relevantes.
Si se presenta la autoliquidación del ISD en Andalucía fuera del plazo de seis meses (o doce con prórroga), se aplican recargos por presentación extemporánea: 1% mensual por cada mes de retraso hasta los 12 meses desde el vencimiento del plazo voluntario, y 15% para retrasos superiores a 12 meses, más intereses de demora. Dado que la bonificación del 99% hace que la cuota sea muy baja, los recargos pueden superar la cuota en sí. Si la ATRIAN detecta la herencia antes de que el heredero la declare, se inicia un procedimiento de inspección con sanciones adicionales. Presentar fuera de plazo con recargo siempre es mejor que esperar a la actuación administrativa.

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Preguntas frecuentes

Preguntas sobre Impuesto de Sucesiones en Sevilla y Andalucía

En Andalucía, los herederos de los Grupos I y II (hijos, cónyuge, padres) disfrutan de una bonificación del 99% sobre la cuota del ISD para herencias inferiores a un millón de euros por heredero (base liquidable), lo que en la práctica hace que el coste efectivo sea casi cero. Para herencias que superen ese umbral, la bonificación aplica solo sobre la parte que no exceda el millón; el exceso tributa sin bonificación. Esta normativa, aprobada en 2022, sitúa a Andalucía junto a Madrid como las comunidades con ISD más favorable para herederos directos de España.
Cuando el causante residía en Andalucía, el ISD se presenta ante la Agencia Tributaria Andaluza (ATRIAN), que es el organismo competente para la gestión, liquidación e inspección del ISD en la comunidad. En Sevilla, la oficina de la ATRIAN se encuentra en la ciudad. La presentación puede realizarse de forma presencial o telemática. BMC gestiona la presentación telemática para todos sus clientes sevillanos, con acceso directo a los portales de la ATRIAN.
La bonificación del 99% en Andalucía aplica sobre la base liquidable hasta un millón de euros por heredero. Si la base liquidable del heredero supera este umbral, el exceso sobre el millón tributa sin la bonificación, aplicándose la tarifa del ISD estatal modificada por Andalucía. Para herencias muy elevadas (por encima de 2-3 millones de euros por heredero), el ISD puede ser significativo incluso en Andalucía, lo que hace que la planificación preventiva —incluida la donación anticipada de parte del patrimonio— tenga relevancia.
La reducción del 95% por empresa familiar del artículo 20.6 LISD aplica en Andalucía en los mismos términos que en el resto del territorio de régimen común. Cuando la herencia incluye participaciones en una empresa familiar sevillana (hostelería, construcción, agroalimentario, logística), los herederos pueden reducir el 95% del valor de esas participaciones de la base imponible, siempre que se cumplan los requisitos de actividad real, funciones directivas y mantenimiento durante diez años. La combinación del 95% de empresa familiar con la bonificación del 99% de Andalucía hace que la transmisión de una empresa familiar en Sevilla tenga una carga fiscal residual.
Sí. Si el causante tenía bienes en el extranjero (cuentas bancarias, inmuebles, valores), estos deben incluirse en el inventario hereditario y en la autoliquidación del ISD. La tributación de bienes en el extranjero en el ISD español puede ser compleja, especialmente cuando existen convenios de doble imposición en materia de sucesiones con el país donde están situados los bienes. España tiene convenios de doble imposición sucesoria con algunos países, que pueden evitar que los mismos bienes tributen en dos jurisdicciones. BMC tiene experiencia en herencias con activos internacionales y coordina con especialistas en los países relevantes.
Si se presenta la autoliquidación del ISD en Andalucía fuera del plazo de seis meses (o doce con prórroga), se aplican recargos por presentación extemporánea: 1% mensual por cada mes de retraso hasta los 12 meses desde el vencimiento del plazo voluntario, y 15% para retrasos superiores a 12 meses, más intereses de demora. Dado que la bonificación del 99% hace que la cuota sea muy baja, los recargos pueden superar la cuota en sí. Si la ATRIAN detecta la herencia antes de que el heredero la declare, se inicia un procedimiento de inspección con sanciones adicionales. Presentar fuera de plazo con recargo siempre es mejor que esperar a la actuación administrativa.
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