Ir al contenido
Fiscal Artículo

56 bis de Bizkaia vs Ley Beckham: la comparativa con números y el punto de cruce

Tabla completa por niveles de salario: IRPF foral ordinario, régimen 56 bis de Bizkaia y Beckham estatal del 24%. Dónde gana cada uno y por qué el punto de cruce ronda los 190.000 euros.

4 min de lectura

Tema: 56 bis vs ley beckham

Quien puede escoger dónde instalarse al venir a España, o al volver, suele hacerse la pregunta equivocada: “¿me dan la Ley Beckham?”. La pregunta correcta es territorial: en territorio común el régimen disponible es el del art. 93 LIRPF; en Bizkaia, el del art. 56 bis de la Norma Foral 13/2013. No se eligen entre sí, pero los números de cada uno deberían pesar en la elección del destino cuando esa elección existe. Los comparamos con la tarifa foral de 2026.

La tabla que decide

Cuota anual estimada sobre rentas del trabajo, en euros, para un perfil sin otras rentas ni deducciones personales (cotizaciones deducidas con base máxima topada; 56 bis sin gastos del desplazamiento):

Salario brutoIRPF foral ordinario56 bis BizkaiaBeckham estatal (24%)
42.000~7.700~4.20010.080
70.000~17.600~9.80016.800
100.000~30.400~17.60024.000
150.000~53.200~32.60036.000
200.000~76.700~48.60048.000

Tres lecturas:

1. En salarios medios, el 24% plano estatal es un mal negocio. El art. 93 no permite deducir cotizaciones ni aplica mínimos: a 42.000 euros paga unos 10.100, más que el propio IRPF foral ordinario sin régimen alguno (~7.700). Hasta aproximadamente 65.000 euros de salario, el Beckham estatal pierde incluso contra no tener régimen en Bizkaia.

2. El punto de cruce entre 56 bis y estatal ronda los 190.000 euros. Por debajo, la progresividad foral con el 30% del salario exento paga menos que el 24% plano; por encima, gana el tipo fijo. En la fila de 200.000 se ve el cruce ya consumado, por poco.

3. Los gastos del desplazamiento mueven el cruce fuera del mapa. La tabla es el escenario conservador. Si se acreditan gastos al tope del 20% de los íntegros (alquiler de la vivienda en Bizkaia con suministros, mudanza, viajes, escolarización), un salario de 200.000 euros baja su cuota foral a unos 30.400: el 56 bis volvería a ganar con holgura. Con gastos reales bien documentados, el foral gana en prácticamente todos los tramos realistas. Puede comprobar su caso con las cifras exactas en nuestra calculadora del régimen de Bizkaia.

Lo que la tabla no enseña

Duración. El foral dura hasta once ejercicios; el estatal, seis. Un ahorro anual parecido vale casi el doble en Bizkaia por simple acumulación.

Mecánica de acceso. El estatal se juega todo a una carta: Modelo 149 en seis meses desde el alta, sin subsanación posible. El foral se opta cada año en la propia declaración, con derecho a optar tarde por los ejercicios restantes.

Rentas extranjeras. Aquí el estatal conserva una ventaja real para patrimonios grandes: durante el régimen, las rentas de fuente extranjera quedan en general fuera del IRPF español. El foral integra la renta mundial, aunque exime las rentas de elementos patrimoniales extranjeros que ya tributaron fuera. Para un directivo con cartera de inversión relevante fuera de España, este factor puede pesar más que el tipo aplicable al salario.

Deducciones y familia. El 56 bis convive con las deducciones forales ordinarias (descendientes, vivienda, EPSV), generosas en Bizkaia. El estatal renuncia a mínimos y deducciones: su 24% es bruto y solitario.

Filtro de entrada. Ambos exigen cinco ejercicios previos de no residencia; el foral añade exigencias de calidad del empleo (trabajo especialmente cualificado, dedicación del 85%, grupo de cotización 1). Para perfiles técnicos y directivos, ese filtro se cumple con naturalidad; para otros empleos, el estatal es más accesible. Y en los dos regímenes, la prueba de la no residencia es donde se ganan o se pierden los expedientes.

Conclusión

Para el grueso del talento real que se traslada a España, entre 40.000 y 150.000 euros de salario, Bizkaia ofrece hoy el marco de impatriación más barato del país, y además el más largo y el más indulgente con los despistes de plazo. El Beckham estatal conserva su terreno en dos perfiles: retribuciones dinerarias muy altas y patrimonios con rentas extranjeras significativas. La decisión, cuando existe, merece cálculo con cifras reales y no con folclore fiscal: los dos regímenes tienen filtros de entrada estrictos y una condición común, los cinco años previos fuera, que hay que poder probar.

bm.consulting

¿Tienes dudas sobre tu situación fiscal?

Cuéntanoslas en nuestra primera conversación. Sin letra pequeña, sin compromiso.

AEAT Colaborador Social 4.9/5 en Google · 47 reseñas 30+ nacionalidades atendidas
Email
Contacto