Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La neutralidad fiscal en reestructuraciones exige que la operación encaje estrictamente en las figuras de fusión, escisión, aportación de activos o canje de valores del artículo 76 de la LIS. La cesión global de activo y pasivo del RDL 5/2023 no se considera una operación de neutralidad fiscal. Además, en escisiones parciales, el patrimonio segregado debe constituir una rama de actividad con organización empresarial diferenciada y explotación autónoma previa.
La posición de la DGT se mantiene constante en los requisitos de participación mínima del 5% para aportaciones de personas físicas, pero muestra una tendencia a la delimitación de supuestos. Se han precisado los límites de la neutralidad al excluir la cesión global de activos del régimen especial y al exigir una estructura de rama de actividad real en las escisiones.
Puntos de inflexión
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Define que la escisión parcial requiere una rama de actividad con organización empresarial diferenciada y explotación autónoma, descartando la segregación de elementos aislados.
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Determina que la cesión global de activo y pasivo del RDL 5/2023 no es una operación de neutralidad fiscal al no estar prevista en el artículo 76 de la LIS.
Análisis basado en 22 de 34 consultas con criterio disponible. Actualizado 30 de julio de 2026.