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V2116-25 6 de noviembre de 2025 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Criterio vigente
Impuesto sobre Sociedades · devengo

El ingreso por venta de inmueble se devenga cuando se transfiere el control según la normativa contable

Una entidad patrimonial consulta cuándo se devenga la venta de un inmueble para el Impuesto sobre Sociedades y si la deuda está prescrita. La DGT responde que el ingreso debe imputarse al ejercicio en que se produzca el devengo contable, basado en la transferencia del control del bien.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Momento en que se produjo el devengo de la operación de venta del inmueble a efectos del Impuesto sobre Sociedades, y en particular si está prescrito el impuesto exigible por la transmisión.

El criterio de la DGT

El ingreso por la venta de un inmueble debe registrarse contablemente cuando se produzca la transferencia al cliente del control sobre el bien. Fiscalmente, según los artículos 10.3 y 11.1 de la LIS, el ingreso se integra en la base imponible en el ejercicio económico en que se devengue conforme a la normativa contable, independientemente de su cobro. Para determinar el devengo, se debe analizar si el cliente asume los riesgos y beneficios, la posesión física y la aceptación del activo.

Implicaciones prácticas

  • El ingreso tributario queda vinculado al momento de la transferencia del control contable del inmueble.
  • La imputación en el Impuesto sobre Sociedades no depende del cobro efectivo de la contraprestación.
  • La determinación del ejercicio fiscal depende de la asunción de riesgos, beneficios y posesión física por el cliente.

Puntos de planificación

  • Valorar el momento exacto de la transferencia de control para la correcta imputación del ingreso.
  • Analizar la coincidencia entre el devengo contable y la exigibilidad fiscal para evitar errores en la base imponible.

Checklist

  • Verificar la fecha de transferencia del control del inmueble según normativa contable.
  • Comprobar si el cliente ha asumido los riesgos y beneficios del activo.
  • Confirmar la entrega de la posesión física del bien al comprador.
  • Validar la aceptación formal del activo por parte del cliente.
  • Contrastar el ejercicio de registro contable con el ejercicio de integración en la base imponible del IS.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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