El consultante pregunta cómo aplicar los porcentajes de deducción por donativos realizados a dos entidades sin fines lucrativos de forma reiterada. La DGT responde que, si los donativos de 2024 son iguales o superiores a los de 2023, y estos a su vez iguales o superiores a los de 2022, se aplica el porcentaje incrementado.
Cuestión planteada Aplicación de los porcentajes incrementados de la deducción por donativos en la declaración del IRPF.
Para aplicar el 45 por ciento de deducción sobre la base que exceda de 250 euros, deben concurrir dos requisitos: que se hayan realizado donativos en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores a favor de la misma entidad, y que el importe de los donativos de este ejercicio y del anterior sea igual o superior al del ejercicio inmediato anterior. En el caso planteado, al cumplirse la condición de reiteración con importes iguales o superiores, procede dicha deducción incrementada.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.