Un contribuyente con actividad agraria en estimación objetiva pregunta cómo aplicar la reducción del 20% por sequía en el IRPF 2021. La DGT indica que dicha reducción se debe aplicar en la casilla 1549 del modelo D-100.
Cuestión planteada Forma de implementar en el modelo de declaración IRPF 2021, la reducción general del 20 por ciento, prevista en el artículo 4.1 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía.
Para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva, la reducción general de la Orden HAC/1155/2020 pasa del 5 al 20 por ciento según el Real Decreto-ley 4/2022. Esta reducción se implementará en la casilla 1549 de la página 10 del modelo D-100 de la declaración de la Renta 2021.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V1114-22 Órgano SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fecha salida 19/05/2022 Normativa Orden HAC/1155/2020, DA 1ª Orden HFP/207/2022 RDL 4/2022, art. 4.1 Descripción de hechos El consultante ejerce una actividad económica agraria y determina el rendimiento neto por el método de estimación objetiva. Cuestión planteada Forma de implementar en el modelo de declaración IRPF 2021, la reducción general del 20 por ciento, prevista en el artículo 4.1 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía. Contestación completa En el artículo 4.1 del Real Decreto-ley 4/2022 se eleva, para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales que determinen el rendimiento neto por el método de estimación objetiva, la reducción general prevista en la disposición adicional primera de la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, del 5 al 20 por ciento. Esta reducción se implementará en la casilla 1549 de la página 10 del modelo D-100 de declaración Renta 2021, aprobado por la Orden HFP/207/2022, de 16 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el patrimonio, ejercicio 2021, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del IRPF, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos y telefónicos (BOE de 18 de marzo). Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.