Una sociedad dedicada al arrendamiento de inmuebles consulta si la aportación de sus bienes a otra entidad en una ampliación de capital está sujeta al IIVTNU. La DGT responde que la no sujeción depende de que los inmuebles estén integrados en una rama de actividad.
Cuestión planteada Tributación en el impuesto de la operación de reestructuración descrita.
El no devengo del IIVTNU en transmisiones derivadas de operaciones de reestructuración empresarial está condicionado a que los terrenos aportados se hallen integrados en una rama de actividad. Si no concurren estas circunstancias, se producirá el devengo del impuesto por la transmisión de los terrenos de naturaleza urbana, siendo la sociedad aportante el sujeto pasivo.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.