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V0972-25 6 de junio de 2025 · SG de Tributos Locales Criterio vigente
OTRO · iivtnu

No se devenga el IIVTNU en la aportación de inmuebles si estos forman parte de una rama de actividad

Una sociedad dedicada al arrendamiento de inmuebles consulta si la aportación de sus bienes a otra entidad en una ampliación de capital está sujeta al IIVTNU. La DGT responde que la no sujeción depende de que los inmuebles estén integrados en una rama de actividad.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Tributación en el impuesto de la operación de reestructuración descrita.

El criterio de la DGT

El no devengo del IIVTNU en transmisiones derivadas de operaciones de reestructuración empresarial está condicionado a que los terrenos aportados se hallen integrados en una rama de actividad. Si no concurren estas circunstancias, se producirá el devengo del impuesto por la transmisión de los terrenos de naturaleza urbana, siendo la sociedad aportante el sujeto pasivo.

Implicaciones prácticas

  • La aportación de inmuebles en reestructuraciones solo evita el IIVTNU si los bienes integran una rama de actividad.
  • La sociedad aportante asume la condición de sujeto pasivo si los terrenos urbanos no forman parte de una rama de actividad.
  • La falta de integración en una rama de actividad activa el devengo del impuesto por la transmisión de terrenos urbanos.

Puntos de planificación

  • Valorar la integración de los inmuebles aportados en una rama de actividad económica previa.
  • Analizar la naturaleza de los terrenos aportados para determinar la posible sujeción al impuesto.

Checklist

  • Verificar si los inmuebles aportados forman parte de una rama de actividad económica.
  • Confirmar la naturaleza urbana de los terrenos objeto de la aportación.
  • Comprobar si la operación cumple los requisitos de reestructuración empresarial.
  • Identificar la sociedad que ostentará la condición de sujeto pasivo en caso de devengo.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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