La consultante pregunta si un certificado de aptitud de sus envases es válido para adquisiciones realizadas antes de obtener dicho documento. La DGT responde que la valoración de los medios de prueba corresponde a los órganos de aplicación del tributo en cada caso.
Cuestión planteada Si dicho certificado es válido para las adquisiciones de productos efectuadas con anterioridad a la fecha de la obtención de dicho certificado.
La DGT señala que rige el principio de valoración libre y conjunta de las pruebas, por lo que corresponde a los órganos de aplicación de los tributos valorar la suficiencia de los medios de prueba aportados. El certificado UNE-EN 13429:2005 es un medio de prueba admisible, pero su validez debe determinarse en el marco de los procedimientos tributarios correspondientes, como la rectificación de autoliquidación.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.