Una contribuyente que realiza mensajería en estimación directa quiere iniciar una nueva actividad de transporte y usar el método de estimación objetiva. La DGT indica que no puede responder sin saber si su situación actual se debe a una renuncia o a una exclusión, ni cuándo ocurrió.
Cuestión planteada Si la consultante puede determinar el rendimiento neto de su nueva actividad con arreglo al método de estimación objetiva, teniendo en cuenta que cumple los requisitos generales correspondiente al volumen de ingresos y el número de vehículos afectos, y teniendo en cuenta también que mantendría la relación comercial que tenía con el cliente principal de la actividad de mensajería y paquetería.
La posibilidad de aplicar la estimación objetiva depende de si subsiste la incompatibilidad con la estimación directa al iniciar la nueva actividad. Si la causa fue una exclusión, se debe verificar si han transcurrido los tres años de permanencia obligatoria en estimación directa. Si la causa fue una renuncia, esta tiene un efecto mínimo de tres años y debe revocarse expresamente para volver al método objetivo. Ambas actividades consultadas están dentro del ámbito de aplicación de la estimación objetiva para 2025.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.