Un contribuyente que inicia una actividad no incluida en el método de estimación objetiva pregunta qué método de cálculo debe usar al no haber marcado la estimación directa simplificada en su alta. La DGT responde que debe aplicar la modalidad simplificada de estimación directa, salvo que renuncie expresamente.
Cuestión planteada Método de estimación de rendimientos de la actividad en 2024.
Los contribuyentes que ejerzan actividades no incluidas en el método de estimación objetiva deben determinar el rendimiento neto por la modalidad simplificada del método de estimación directa. Esta obligación se mantiene siempre que no se renuncie expresamente a dicha modalidad. En el caso de inicio de actividad, el límite de cifra de negocios se elevará al año.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.