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V0725-25 16 de abril de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · rentas en especie

El seguro de accidentes que cubre la vida privada constituye retribución en especie sujeta a IRPF

Una fundación consulta si debe retener IRPF por las pólizas de responsabilidad civil y accidentes de sus trabajadores. La DGT indica que el seguro de responsabilidad civil profesional no es retribución, pero el de accidentes sí lo es al cubrir riesgos fuera del ámbito laboral.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si debe practicar retención o ingreso a cuenta a efectos del IRPF, en las nóminas de los trabajadores asegurados.

El criterio de la DGT

Las primas de seguros de accidente laboral o responsabilidad civil no son rendimientos en especie si cubren exclusivamente el riesgo laboral. El seguro de accidentes consultado constituye retribución en especie porque cubre contingencias al margen de la actividad laboral, como la vida privada. Esta renta debe valorarse por el coste para el pagador e incluye la obligación de practicar ingreso a cuenta.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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