La Ley 9/2025 modifica el artículo 99.2 y el anexo I de la Ley 9/2023, obligando a empresas con más de 10 trabajadores a actualizar su registro de jornada laboral dentro de un plazo de 3 meses. Si no lo hacen, podrán ser sancionadas con multas de hasta 7.500 euros por trabajador. Este cambio busca mejorar la transparencia y control de la jornada laboral en empresas de tamaño medio y grande (art. 99.2, anexo I de la Ley 9/2023).
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art. 99.2
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Para empresas con más de 10 trabajadores, implica una obligación de actualizar su sistema de registro de jornada laboral, con riesgo de sanciones si no cumplen el plazo. Los asesores deben revisar los registros de sus clientes y asesorar en la adaptación. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero su jornada laboral será más controlada. Las administraciones regionales podrán supervisar mejor el cumplimiento de la normativa.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Actualizar el registro de jornada laboral dentro de 3 meses | art. 99.2 | 3 meses desde entrada en vigor |
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