La norma añade una disposición adicional 20 a la Ley 20/2022 sobre Memoria Democrática, que permite la solicitud de reconocimiento a personas fallecidas o con lesiones por su actividad en defensa o reivindicación de la democracia (art. 20). El plazo para presentar la solicitud es de seis meses desde la fecha de publicación del Real Decreto-ley (art. 20.1). Se corrige un error en el BOE núm. 66 de 16 de marzo de 2026 (art. 10).
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. 20
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.
Para familiares o representantes de personas fallecidas o con lesiones por defensa, se abre un plazo de seis meses para presentar solicitudes de reconocimiento (art. 20.1). Las administraciones deben actualizar sus bases de datos para incluir nuevos casos. El reconocimiento puede derivar en indemnizaciones o reconocimiento oficial, según el caso. No hay impacto directo en empresas o particulares sin vínculo familiar o de representación.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud de reconocimiento dentro de 6 meses desde la publicación | art. 20.1 | 6 meses desde la publicación |
| Verificar si el caso cumple con los criterios de defensa o reivindicación de la democracia | art. 20 |
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