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La Resolución de 8 de julio de 2026 establece que el personal del sector público destinado en Baleares recibirá un incremento en la indemnización por residencia conforme al Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de julio de 2026, aplicado mediante la disposición adicional única del Real Decreto-ley 19/2026. El pago se realiza conforme a lo dispuesto en el apartado 1 de la Orden PJC/683/2026, de 7 de julio. El plazo para la aplicación del incremento es de 30 días desde la publicación de la resolución.
Los empleados públicos destinados en Baleares reciben un aumento en su indemnización por residencia a partir de la entrada en vigor del incremento (art. 1). Las administraciones públicas deben asegurar el pago en el plazo de 30 días (art. 1). No hay cambios en el régimen de retribuciones para otros sectores o personal no destinado en Baleares.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar que el incremento de la indemnización por residencia se aplica conforme al apartado 1 de la Orden PJC/683/2026, de 7 de julio | art. 1 | 30 días desde la publicación |
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