La Resolución de 21 de mayo de 2026 publica el acuerdo de la Comisión Mixta sobre el incremento salarial del 3,5% para 2026 en el Convenio colectivo de grandes almacenes. Este ajuste se regula conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. El acuerdo se publica en el BOE y entra en vigor a partir del 30 de mayo de 2026, fecha de publicación del convenio anterior.
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Las empresas de grandes almacenes deben aplicar el incremento salarial del 3,5% a partir del 30 de mayo de 2026 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015). Los trabajadores en estas empresas reciben un aumento salarial directo. Las administraciones de empleo deben actualizar sus registros de salarios conforme al nuevo convenio. El plazo de aplicación es inmediato tras la publicación del acuerdo.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar incremento salarial del 3,5% a partir del 30 de mayo de 2026 | art. 90.2 y 3 RDL 2/2015 | 30 de mayo de 2026 |
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