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BOE-A-2026-12012 ·4 de junio de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Empresas de grandes almacenes: 30 de mayo de 2026 para aplicar nuevo incremento salarial del 3,5%

La Resolución de 21 de mayo de 2026 publica el acuerdo de la Comisión Mixta sobre el incremento salarial del 3,5% para 2026 en el Convenio colectivo de grandes almacenes. Este ajuste se regula conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. El acuerdo se publica en el BOE y entra en vigor a partir del 30 de mayo de 2026, fecha de publicación del convenio anterior.

En 2 claves

  1. Incremento salarial del 3,5% para 2026 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015)
  2. Aplicación obligatoria a partir del 30 de mayo de 2026 (resolución de 21 de mayo de 2026)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

art. 90.2 y 3 RDL 2/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 90.2 y 3 RDL 2/2015

Aplica a este perfil

  • Empresas que formen parte del sector de grandes almacenes

art. 90.2 y 3 RDL 2/2015

Cómo afecta a los implicados

Las empresas de grandes almacenes deben aplicar el incremento salarial del 3,5% a partir del 30 de mayo de 2026 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015). Los trabajadores en estas empresas reciben un aumento salarial directo. Las administraciones de empleo deben actualizar sus registros de salarios conforme al nuevo convenio. El plazo de aplicación es inmediato tras la publicación del acuerdo.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar incremento salarial del 3,5% a partir del 30 de mayo de 2026 art. 90.2 y 3 RDL 2/2015 30 de mayo de 2026

Línea de vida

2026-06-04PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-30Entra en vigorEntrada en vigor (resolución de 21 de mayo de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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