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V4678-16 4. November 2016 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Kriterium gültig
ITPAJD · comunidad de bienes

Auflösung zweier unterschiedlicher Gesamthandsgemeinschaften nicht durch Anteilstausch ohne Umqualifizierung als Tauschgeschäft möglich

Ein Steuerpflichtiger fragt an, ob er den Wert einer Immobilie erhöhen und den einer anderen verringern kann, um zwei Gesamthandsgemeinschaften ohne Ausgleichszahlungen oder Gewinne aufzulösen. Die DGT stellt klar, dass bei zwei unterschiedlichen Gemeinschaften der Austausch ungeteilter Anteile als Tauschgeschäft gilt, das der Grunderwerbsteuer (ITP) unterliegt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Primera. Si se podría aumentar el valor de una de las viviendas y disminuir el de la otra, de forma que el lote de ambas mantenga su valor, a efectos de llevar a cabo la extinción de condominio de tal forma que no sea necesaria compensación económica alguna para las partes ni se genere ganancia o pérdida para las mismas.

Die Entscheidung der DGT

La existencia de dos comunidades de bienes con origen distinto exige tratar la disolución como dos negocios jurídicos separados. Si los comuneros intercambian sus cuotas indivisas, la operación es una permuta sujeta a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITP y AJD. Si se disuelven por separado, la adjudicación de un bien indivisible generará un exceso de adjudicación que tributará por Impuesto de Sucesiones y Donaciones (si no hay compensación) o por Actos Jurídicos Documentados (si la hay).

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