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V3443-20 27. November 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · atribución de rentas

Subventionen für die Anpassung von Fernsehantennen gelten für Eigentümer als Veräußerungsgewinn

Es wird die steuerliche Behandlung von Beihilfen zur Kompensation der Kosten für die Anpassung von Antennen aufgrund des zweiten digitalen Dividenden-Prozesses in Wohnungseigentümergemeinschaften erörtert. Die DGT stellt fest, dass diese Beihilfen den Eigentümern als Veräußerungsgewinne zugerechnet werden und die Gemeinschaft eine informative Steuererklärung abgeben muss, sofern der Betrag 3.000 Euro übersteigt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Tratamiento fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la ayuda para compensar los costes derivados de la adaptación de las antenas de televisión afectadas por el proceso de liberalización de la banda de frecuencias 694-790 Mhz (segundo dividendo digital), concedida a dicha comunidad. Obligación de la comunidad de propietarios de presentar declaración de dichas ayudas.

Die Entscheidung der DGT

Las comunidades de propietarios son entidades en régimen de atribución de rentas y no contribuyentes del IRPF. La subvención recibida se califica como ganancia patrimonial y se atribuye a cada propietario según su coeficiente de participación. La comunidad debe presentar el modelo 184 si las rentas exceden los 3.000 euros. Los copropietarios no estarán obligados a declarar si la ganancia patrimonial no supera el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

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