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V3270-15 23. Oktober 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der gesetzlichen Voraussetzungen und Vorliegen wirtschaftlicher Gründe

Der Anfragende erkundigt sich, ob die Einbringung von Geschäftsanteilen anderer Unternehmen in eine in Spanien ansässige Gesellschaft unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen an die Beteiligung und den Besitz erfüllt sind und die Transaktion über den rein steuerlichen Vorteil hinaus auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, se requiere que la entidad receptora sea residente en España y que el aportante mantenga una participación de al menos el 5% en sus fondos propios. En el caso de acciones o participaciones, estas deben haberse poseído ininterrumpidamente durante el año anterior y la entidad no debe tener como actividad principal la gestión de patrimonio inmobiliario o mobiliario. Además, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades.

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