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V3115-16 5. Juli 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der LIS-Voraussetzungen möglich

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob die Einbringung von Geschäftsanteilen nach der Auflösung einer Zugewinngemeinschaft unter das Sonderregime fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Voraussetzungen hinsichtlich der Beteiligung und des Besitzes erfüllt sind und triftige wirtschaftliche Gründe vorliegen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita se puede acoger al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe poseer las participaciones ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, las participaciones deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad y el aportante debe mantener al menos un 5% de participación tras la operación. La operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo basarse en motivos económicos válidos.

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