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V3045-20 8. Oktober 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · canje de valores

Anwendung des Sonderregimes für Wertpapierumtausch und Sacheinlagen nach dem LIS und Auswirkungen auf die ISD

Eine Familiengesellschaft prüft, ob sie das Sonderregime für Fusionen und Einlagen von Vermögenswerten nutzen kann, um die Verwaltung ihrer Investitionen zu zentralisieren. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen des LIS erfüllt sind und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para el canje de valores, la entidad debe adquirir la mayoría de derechos de voto y cumplir los requisitos del artículo 80 de la LIS. En las aportaciones no dinerarias de personas físicas, las participaciones deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad receptora, la cual no debe tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario, y el aportante debe haber poseído las acciones ininterrumpidamente durante el año anterior. La aplicación del régimen especial no es posible si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, requiriéndose motivos económicos válidos. Respecto al ISD, la aportación no dineraria de participaciones no incumple el requisito de mantener lo adquirido.

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