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V2977-14 4. November 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · capitalización de deudas

Schuldenkapitalisierung durch Kapitalerhöhung mit Agio löst keine Steuerpflicht aus

Es wurde angefragt, ob ein Unternehmen Schulden durch eine Kapitalerhöhung unter Einbeziehung eines Agios (Prima de asunción) kapitalisieren kann, wobei der handelsrechtliche Wert dem Schuldenbetrag entspricht. Die DGT stellt fest, dass diese Vorgänge steuerlich nach dem handelsrechtlichen Erhöhungsbetrag zu bewerten sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si en las operaciones de capitalización por compensación de créditos que incorporen prima de asunción, ha de tenerse en cuenta no sólo el capital social emitido, sino también la prima de asunción establecida mercantilmente en la escritura de ampliación, y por tanto coincidir el importe establecido mercantilmente con el valor de las deudas de la entidad consultante, y si no habrá efecto fiscal alguno para la entidad consultante, con independencia de cuál sea la valoración contable que resulte.

Die Entscheidung der DGT

Las operaciones de aumento de capital por compensación de créditos se valoran fiscalmente por el importe del aumento desde el punto de vista mercantil, independientemente de la valoración contable. Por tanto, si la entidad realiza una ampliación de capital con prima de emisión o fondos propios por el mismo importe de la deuda existente, no integrará renta en su base imponible, aunque contablemente pudiera existir un ingreso.

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