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V2897-20 24. September 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der rechtlichen und wirtschaftlichen Voraussetzungen möglich

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob die Einbringung seiner Anteile an einer Immobiliengesellschaft in eine andere Gesellschaft die Voraussetzungen für das Sonderregime erfüllt. Die DGT stellt klar, dass neben den Beteiligungs- und Besitzvoraussetzungen auch die Nachweispflicht für triftige wirtschaftliche Gründe besteht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1/ Confirmación de que la aportación por el consultante, de las participaciones de X a la sociedad Y, cumple todos los requisitos previstos legalmente para acogerse a la figura impositiva de la "aportación no dineraria especia/" prevista en el artículo 87,1 del Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente. El aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora tras la operación. En el caso de participaciones sociales, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportada, haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior y la entidad aportada no puede tener como actividad principal la gestión de patrimonio inmobiliario o mobiliario. Finalmente, la operación debe responder a motivos económicos válidos y no tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal.

Auf einen konkreten Fall anwenden

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