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V2810-20 16. September 2020 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Kriterium gültig
ITPAJD · concesión administrativa

Nutzung privater öffentlicher Güter unterliegt ITP und AJD als Verwaltungsconcession

Eine Eigentümergemeinschaft fragt an, ob die kommunale Genehmigung zur Errichtung eines Zauns in einem Bereich, der zwar privates Eigentum, aber öffentlicher Nutzung unterliegt, der ITP und AJD unterliegt, insbesondere wenn keine Gebühr gezahlt wird. Die DGT stellt fest, dass dies aufgrund der damit verbundenen Vermögensverschiebung einen steuerpflichtigen Tatbestand darstellt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si el otorgamiento de la referida autorización está sujeto o no a lo dispuesto en los artículos 7.b) y 13,2 del Texto Refundido del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y si se produce el desplazamiento patrimonial al que se refiere el artículo 13.2 del Texto Refundido del Impuesto, teniendo en cuenta que el dominio de los bienes inmuebles sobres los que se va a colocar la valla es privado de la comunidad de propietarios y dicha autorización no reportaría ningún tipo de ganancia y/o rendimiento a la comunidad y se solicita que la misma se conceda sin abono de canon alguno. En caso de ser la respuesta afirmativa, se plantea cuál sería la base imponible dado que la autorización se solicita sin pago de autorización o canon al ayuntamiento.

Die Entscheidung der DGT

La autorización para el aprovechamiento especial de un bien que, siendo de dominio privado, es de uso público, se equipara a una concesión administrativa según el artículo 13.2 del TRLITPAJD. Esto genera un desplazamiento patrimonial que permite su tributación por la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas. Si no existe un canon o contraprestación, la base imponible se determinará mediante las reglas supletorias del apartado 4 del artículo 13 del citado texto refundido.

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