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V2804-20 14. September 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IRPF · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der Beteiligungs- und wirtschaftlichen Gründe

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung von Anteilen zweier Gesellschaften in eine neue Holding unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Beteiligungshöhen und die ununterbrochene Haltedauer erfüllt sind, vorausgesetzt, die Transaktion verfolgt gültige wirtschaftliche Gründe und dient nicht allein der Erlangung eines Steuervorteils.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar, a las operaciones de reestructuración societaria descritas, el régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un estado miembro a otro de la Unión Europea, regulado en el Capítulo VII del Título VII de la ley del impuesto sobre sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para que la aportación de acciones o participaciones se acoja al régimen especial, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad tras la operación. Además, las participaciones deben haberse poseído ininterrumpidamente durante el año anterior a la aportación y la entidad no puede ser una agrupación de interés económico o tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario. Finalmente, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos.

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