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V2801-20 14. September 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IRPF · aportaciones no dinerarias

Voraussetzungen für die Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen im Körperschaftsteuergesetz

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob das Sonderregime für Fusionen und Einlagen von Vermögenswerten angewendet werden kann, wenn Anteile an ihren Gesellschaften in eine neue Holding eingebracht werden. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Beteiligungs- und Besitzvoraussetzungen erfüllt sind und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar, a las operaciones de reestructuración societaria descritas, el régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un estado miembro a otro de la Unión Europea, regulado en el Capítulo VII del Título VII de la ley del impuesto sobre sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de dicha entidad. En el caso de participaciones sociales, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportada, la cual no puede ser una AIE, una UT de empresa, ni tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario, y deben poseerse ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos y no a la mera búsqueda de una ventaja fiscal.

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