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V2767-16 20. Juni 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Voraussetzungen für die Inanspruchnahme des Sonderregimes für Sacheinlagen (Art. 87 LIS)

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob die Einbringung einer 50-prozentigen Beteiligung an einem Unternehmen unter das Sonderregime für Sacheinlagen fällt. Die DGT stellt fest, dass dieses Regime anwendbar ist, sofern die Anforderungen an die Beteiligung und den Besitz erfüllt sind und triftige wirtschaftliche Gründe vorliegen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para que la aportación de acciones o participaciones sociales se acoja al régimen especial, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de una entidad que no sea una AIE, UTÉ o de gestión de patrimonio, y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Tras la aportación, el contribuyente debe mantener al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora, que debe ser residente en España o tener establecimiento permanente. Además, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos.

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