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V2754-23 10. Oktober 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · neutralidad fiscal

Anwendung der steuerlichen Neutralität bei der Einbringung von Anteilen in eine Holdinggesellschaft unter bestimmten Voraussetzungen möglich

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung ihrer Beteiligungen an verschiedenen Unternehmen in ihre Holdinggesellschaft unter das Sonderregime für Umstrukturierungen fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen an die Mindestbeteiligung, die Haltedauer und das Fehlen rein steuerlicher Zwecke erfüllt werden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si la operación de reestructuración que realizará el consultante (PF2) puede acogerse al régimen fiscal especial del Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

La aportación de participaciones a una sociedad holding residente en España puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal si el aportante mantiene al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora, las participaciones representan al menos el 5% de los fondos propios de las entidades aportadas y estas han sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Si se aplica este régimen, los valores y fechas de adquisición se mantienen, permitiendo que los dividendos posteriores disfruten de la exención del artículo 21 de la LIS. Respecto al Impuesto sobre el Patrimonio, las participaciones en las entidades participadas no computarán como valores si otorgan al menos el 5% de los derechos de voto y se poseen para dirigir la participación con medios materiales y personales.

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