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V2672-21 5. November 2021 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · comunidad de bienes

Verkauf eines Gebäudes durch eine Bruchgemeinschaft: Umsatzsteuer oder Grunderwerbsteuer?

Eine Bruchgemeinschaft erkundigt sich, ob der Verkauf eines Industriegebäudes an eine Genossenschaft der Umsatzsteuer (IVA) oder der Grunderwerbsteuer (ITPAJD) unterliegt und ob auf eine Befreiung verzichtet werden kann. Die DGT erläutert, dass die Umsatzsteuerpflicht davon abhängt, ob die Gemeinschaft als Unternehmer oder Freiberufler agiert. Sofern die Transaktion von der Umsatzsteuer befreit ist, findet die Grunderwerbsteuer Anwendung.

Die gestellte Frage

Tributación por el Impuesto del Valor Añadido o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de la operación de venta del edificio a la cooperativa. Y, en su caso, posibilidad de renunciar a la exención y de aplicación del mecanismo de la inversión del sujeto pasivo.

Die Entscheidung der DGT

Si la comunidad de bienes actúa como empresario profesional con ordenación de medios y asunción de riesgo, la venta estará sujeta a IVA. Dicha operación podría estar exenta por ser una entrega posterior a la construcción o rehabilitación, permitiéndose renunciar a la exención si el adquirente es sujeto pasivo con derecho a deducción. Si la venta está sujeta a IVA, no aplica el ITPAJD por transmisiones onerosas, pero sí los actos jurídicos documentados. Si la venta no está sujeta a IVA o es exenta, se aplicará el ITPAJD en su modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas.

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