Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V2623-19 25. September 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · canje de valores

Anwendung des Sonderregimes für den Anteilstausch bei Vorliegen wirtschaftlicher Gründe und LIS-Voraussetzungen möglich

Es wird geprüft, ob ein Anteilstausch zwischen Gesellschaften einer Familiengruppe unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Gesellschaft die Mehrheit der Stimmrechte erwirbt, die Wohnsitzvoraussetzungen erfüllt sind und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht statt auf rein steuerlichen Erwägungen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si procede la aplicación del régimen fiscal especial del Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, a la operación de canje de valores descrita. Y, en su caso, tributación de las rentas obtenidas por los socios aportantes y valoración por parte de estos de los valores recibidos en contraprestación.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de canje de valores, la entidad beneficiaria debe adquirir la mayoría de los derechos de voto y concurrir los requisitos del artículo 80 de la LIS. En este caso, los socios no integrarían rentas en su base imponible del IRPF y los valores recibidos se valorarían por su valor fiscal de los entregados. No obstante, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, requiriendo motivos económicos válidos según el artículo 89.2 de la LIS.

E-Mail
Kontakt