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V2589-23 27. September 2023 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · ganancia patrimonial

Übertragungswert von Anteilen an Arbeitsgesellschaften kann dem vereinbarten Wert entsprechen, sofern Marktwert nachgewiesen wird

Es wurde angefragt, ob der von den Gesellschaftern einer Arbeitsgesellschaft vereinbarte Wert als Marktwert für die Übertragung ihrer Anteile gelten kann. Die DGT stellt klar, dass der tatsächlich gezahlte Betrag verwendet werden kann, sofern nachgewiesen wird, dass dieser dem entspricht, was unabhängige Parteien unter normalen Marktbedingungen vereinbart hätten.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si el valor acordado por los socios puede considerarse que se corresponde con el que habrían convenido partes independientes en condiciones normales de mercado, tal y como establece el artículo 37.1.b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el caso de una futura transmisión de dichas participaciones.

Die Entscheidung der DGT

Para la transmisión de valores no admitidos a negociación, el valor de transmisión será el importe efectivamente satisfecho si se acredita que corresponde al de mercado mediante medios de prueba admitidos en derecho. En las sociedades laborales, los socios pueden establecer en los estatutos criterios de valoración que prevalecerán, aunque no puede afirmarse de forma abstracta que dicho valor coincida siempre con el de mercado. La comprobación de si el valor pactado es de mercado es una cuestión de hecho que valorarán los órganos de gestión e inspección.

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